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POLÍTICA

Confirmaron procesamiento de “El Presto” por amenazar a Cristina Kirchner

El youtuber y un nuevo fallo en su contra, que lo complica judicialmente tras la condena por violencia de género contra Fabiola Yáñez.

El Presto

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este martes el procesamiento de Eduardo Prestofelippo, más conocido como El Presto. Tras el escándalo en torno a la primera dama Fabiola Yáñez, lo que le costó una condena judicial, y las supuestas vinculaciones con Brenda Uliarte, al youtuber lo acusan por supuesta amenaza, incitación a la violencia y al odio contra la vicepresidenta Cristina Kirchner.

La Sala II de Casación desestimó un recurso de la defensa contra la resolución dictada por la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba el 12 de octubre de 2021. En ese entonces, por unanimidad, se había revocado un fallo de primera instancia y Prestofelippo quedó procesado por el artículo 212 del Código Penal y el 3 segundo párrafo de la ley 23.592, según Télam.

La norma del Código Penal prevé que “será reprimido con prisión de tres a seis años, el que públicamente incitare a la violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones”. Cabe remarcar que la Ley Antidiscriminatoria contempla una pena similar para “quienes por cualquier medio alentaren o incitaren a la persecución o el odio contra una persona”.

Finalmente, ‘El Presto” quedó procesado -aún falta resolver si será o no con prisión preventiva- porque el 27 de agosto de 2020, desde la ciudad de Córdoba y utilizando su cuenta de la red social Twitter (@ElPrestoOk), el youtuber publicó un crudo mensaje contra la dos veces presidenta de la Nación, lo que el tribunal de Córdoba luego encuadró en las figuras penales

“Vos no vas a salir VIVA de este estallido social. Vas a ser la primera –junto con tus crías políticas– en pagar todo el daño que causaron. TE QUEDA POCO TIEMPO”, decía el mensaje de ‘El Presto’. El mismo se consideró como “una incitación pública por parte del imputado a apoyar un estallido social, favoreciendo el uso de violencia en contra de un grupo de personas” e “incitando al odio con motivo de sus ideas o pertenencia política”.

Para Casación, el tribunal cordobés “expresó adecuadamente las razones que determinaron su decisión y no se verifica –ni el recurrente logra demostrar– la concurrencia de un supuesto de arbitrariedad que afecte la validez del resolutorio”. Los camaristas Carlos Mahiques, Ángela Ledesma y Guillermo Yacobucci dijeron que para anular el sobreseimiento de ‘El Presto’ se “efectuó un razonable análisis de las normas aplicables al caso y las pruebas incorporadas al expediente”.

Además, por mayoría, se concluyó que la vía de Casación había sido bien denegada –el caso llegó vía recurso de queja– porque “no se advierte que mediante la resolución del tribunal inferior se hayan visto afectadas las garantías del debido proceso y de la defensa en juicio”. Recientemente, ‘El Presto’ volvió a ser noticia porque apareció vinculado con Brenda Uliarte, la novia de Fernando Sabag Montiel, el hombre que intentó matar a la vicepresidenta el pasado 1º de septiembre.