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POLÍTICA

Revisarán procesamiento contra Cristina Kirchner en causa por vuelos a Santa Cruz

De esta manera, la dos veces Presidenta de la Nación se aleja momentáneamente de un nuevo juicio oral y público.

Cristina Kirchner

La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a un recurso de la vicepresidenta Cristina Kirchner en la causa por los vuelos a la provincia Santa Cruz. Se trata del expediente por el que está procesada por el presunto delito de “peculado” por la utilización de aviones de la flota presidencial para trasladar muebles para los hoteles familiares en la localidad de El Calafate.

Los jueces Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia con sus mismos fundamentos y Mariano Llorens, con los suyos, admitieron la apelación y la causa pasará ahora a la Cámara Federal porteña para su revisión. Cristina está procesada por una figura que contempla penas de hasta 10 años de prisión por la supuesta utilización “en provecho propio un servicio pagado por la administración pública”, según NA.

En septiembre pasado, Llorens incluso propuso que la confirmación del procesamiento fuera notificada al Senado para que avanzara con el desafuero con miras a una eventual detención. Bruglia y Bertuzzi consideraron que la defensa de Cristina “ha expuesto acertadamente los motivos por los cuales ese resolutorio, no definitivo en la noción del legislador, debe comprenderse como de naturaleza equiparable” y, en efecto, pasar en revisión a Casación.

“La alegada violación de garantías constitucionales y los perjuicios de imposible o tardía reparación ulterior que es capaz de conllevar la postergación de su tratamiento exige, para el caso, que su atención eluda los estrictos alcances a los que refieren la norma”, sostuvieron. En cambio, Llorens aprovechó su voto para denostar a la defensa de la dos veces mandataria.

“El remedio presenta una argumentación pobre, deslucida y confunde los agravios del recurso de casación con los propios de un recurso de apelación remite al estudio de cuestiones de hecho y prueba que, por su naturaleza, son ajenas a esta vía recursiva”, sostuvo Llorens. No obstante, “excepcionalmente, puede considerarse que el requisito de impugnabilidad objetiva se encuentra satisfecho en el entendimiento de que uno no debe ser juez de sus propias sentencias”, aceptó.

Esta revisión aleja momentáneamente a la vice de un nuevo juicio oral y público. Según el procesamiento, “tanto ella como su familia eran beneficiarios directos de la utilización de los servicios pagados con el Presupuesto Nacional”. Cuando ejercía la 1ª magistratura, Cristina “utilizó el avión Tango 01 en varias oportunidades para transportar muebles, ropa de blanco y otro tipo de enseres, que no tenían una utilidad relacionada con la función pública que desempeñaba”, dice la acusación.