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POLÍTICA

Causa Vialidad: se apartó uno de los jueces que debe revisar la condena a Cristina Kirchner

De esta forma, Casación Penal deberá designar a un nuevo integrante para luego empezar a analizar el veredicto.

Cristina Kirchner

Uno de los jueces que debía revisar la condena a la vicepresidenta Cristina Kirchner y otros imputados de la causa Vialidad se apartó como integrante de la sala IV de Cámara Federal de Casación Penal. Se trata de Javier Carbajo, quien se excusó de intervenir porque ya había opinado sobre el caso al resolver en el marco de la investigación por lavado de dinero por la que también habían condenado al empresario Lázaro Báez.

Carbajo decidió dar un paso como integrante del Tribunal que integraba para esta causa junto con Mariano Borinsky y Gustavo Hornos. Los jueces no tienen un plazo para definir si confirman la única condena que tiene la vicepresidenta y otros acusados. De esta forma, ahora se debe integrar con un tercer integrante la sala para luego empezar a analizar el veredicto, según NA.

Ahora son Borinsky y Hornos, quienes deberían decidir si aceptan o no la excusación de su colega. No obstante, la defensa de Cristina Kirchner los recusó este mismo jueves y solicitó que no sean ellos los que intervengan en el apartamiento de Carbajo. Éste tomó la decisión a raíz que en su voto para intervenir en la causa por lavado de dinero el magistrado opinó que el delito precedente en el caso fue la obra pública que recibió durante el gobierno de los Kirchner.

Qué dijo el magistrado al apartarse

Al haber opinado por hechos similares es que decidió apartarse. “Fue así que en mi intervención en la citada causa 3017/2013 valoré, con particular relevancia, el incremento patrimonial que registró Lázaro Antonio Báez en el período allí precisado y el crecimiento de Austral Construcciones S.A. en idéntico lapso, como elementos que fueron ajustadamente ponderados en la sentencia condenatoria dictada en tal expediente y que lucen, en esta oportunidad, también justipreciados en el fallo para fundar el juicio de responsabilidad que viene en revisión”, estimó Carbajo.

El magistrado recordó que en ese caso tuvo “por comprobado que Lázaro Antonio Báez instrumentalizó a la firma Austral Cosntrucciones S.A. para recepcionar fondos públicos y desviarlos, debiendo entonces echar mano a herramientas de lavado de activos con el propósito de darle apariencia de legalidad al dinero, según su carta de apartamiento.

Ante la llegada ahora el Tribunal del caso que tiene como condenados a la vicepresidenta y el empresario, el juez recordó que “se trata del mismo hecho -obra pública- al que me remití al efectuar consideraciones relativas al delito precedente”. “En consecuencia, a partir del relevamiento efectuado, advierto que existen elementos de prueba que valoré al momento de legitimar la sentencia dictada en la causa 3017/2013 en cuanto a la acreditación del delito precedente”.

“En particular -continuó-, en la dinámica de la asignación de obra pública y, más concretamente, respecto de la intervención de Lázaro Báez y de Austral Construcciones en aquella operatoria ilegal, que han sido también sopesados en la resolución aquí recurrida para dictar un temperamento condenatorio en su contra, por lo que considero que mi intervención en estas actuaciones puede poner en crisis la garantía de imparcialidad que le asiste al acusado”, opinó.

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