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SOCIEDAD

El fin de la “Fe de vida” es Ley: a partir de cuándo jubilados y pensionados serán beneficiados

Se aprobó en Diputados la eliminación del trámite que deben realizar jubilados y pensionados para acreditar la supervivencia.

Anses

La Cámara de Diputados sancionó la ley que elimina el trámite de actualización de “Fe de Vida” que realizan los jubilados y pensionados que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino y de Pensiones No Contributivas para el cobro de sus haberes mensuales. La norma fue aprobada este jueves por la madrugada tras una extensa sesión que superó las 13 horas.

La iniciativa que pone fin al trámite que requiere la acreditación de la supervivencia por parte de los jubilados y pensionados fue aprobada por 171 votos a favor, 2 en contra y 6 abstenciones. Fue una votación a libro cerrado donde se sancionaron otros proyectos referidos a acuerdos internacionales, entre otros dictámenes.

¿Cómo fue la votación?

El Senado ya había aprobado el proyecto para modificar la Ley 26.704 el pasado 13 de abril, con 60 votos afirmativos. Durante esta madrugada obtuvo el aval de Diputados por lo que se transformó en ley. Se sancionó en el marco del tratamiento conjunto de una serie de temas acordados entre los distintos bloques, los cuales no tuvieron oradores.

De esta manera, «queda sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario o beneficiaria como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales», de acuerdo a lo expresado en la normativa. Además, establece que «en ningún caso podrán requerirse trámites adicionales a cargo del beneficiario y/o apoderado de la prestación» jubilatoria.

En qué consiste la «Fe de vida»

Hasta el momento, la “Fe de vida” es el trámite en el que los jubilados y pensionados deben acreditar su supervivencia. En caso de no cumplir con el procedimiento en el plazo establecido, el banco bloquea el pago del haber. Actualmente, más de 3,2 millones no deben presentar su fe de vida a partir de acuerdos entre el Estado y algunas entidades bancarias, en su mayoría, del sector público. Con la actual sanción, se elimina la obligatoriedad para todos.

La medida empezará a regir cuando salga la oficialización en el Boletín Oficial, por lo que el trámite se mantendrá vigente hasta dentro de unas semanas. De esta manera, se estima que en agosto ningún titular de ANSES deberá hacer el trámite para cobrar los haberes.

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