La elecciones del día domingo dejan con muchas dudas a aquellos que tienen algunos inconvenientes para hacerlo. Uno de los problemas más recurrentes es la falta del documento nacional de identidad (DNI) ya sea por extravío, robo, etc. También está la posibilidad de que se desconozca cuál es el DNI correspondiente para poder votar. En la siguiente nota todos los detalles.
Tras un año repleto de elecciones, tanto a nivel provincial como nacional, se acerca el último día electoral donde se definirá el nuevo Presidente de todos los argentinos. Lo único que se precisa para votar es presentarse a la sede correspondiente y llevar el documento para verificar que la persona que va a ejercer su derecho cívico sea la correspondiente.
El inconveniente es que el DNI pudo haber sufrido un accidente, una pérdida o robo. En ese caso, no se podrá emitir el voto debido a la ausencia de acreditación de la identidad ante las autoridades a cargo de la elección. En esa situación se debe hacer la denuncia correspondiente y justificar por qué no se ha ido a votar ante la Justicia Electoral Nacional.
Según informó NA, El trámite deberá realizarse dentro de los 60 días posteriores a la fecha de la votación ante el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar, donde se deberá presentar la denuncia policial que da cuenta de su justificación. En tanto, no se puede asistir a los comicios con una constancia de DNI en trámite, ya que no se considera probatorio de la identidad.
Los documentos habilitados para ejercer el voto son el documento cívico que figura en el padrón, o con una versión posterior del mismo. Según precisaron fuentes a cargo de la organización, de concurrir con un documento anterior al que consta en el padrón no se podrán ejercer el derecho a votar. Tampoco se podrá ingresar al cuarto oscuro con constancia de DNI en trámite, ya que no se considera probatorio de la identidad