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POLÍTICA

Revés para el megadecreto de Javier Milei: la Justicia bloquea la venta de medicamentos en kioscos

El presidente argentino quiere que los remedios de «venta libre» sean vendidos por otros establecimientos, pero la Justicia lo paró.

medicamentos

La Justicia federal de Mendoza ha dictado un fallo que suspende dos artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23, impulsado por el presidente Javier Milei. Este decreto permitía la venta de medicamentos considerados de «venta libre» fuera de las farmacias, lo cual fue considerado por el juez Pablo Oscar Quirós como un peligro para la salud pública. Esta resolución se suma a una serie de suspensiones previas obtenidas por el Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB) que ya había frenado otros artículos del mismo decreto que afectaba a profesionales de la salud.

El juez Quirós ordenó la suspensión de los artículos 313 y 317 del DNU, que pretendían eliminar regulaciones claves de la ley 17.565, vigente desde 1967, la cual establece que la venta de medicamentos debe realizarse exclusivamente en farmacias. Según el juez, la intención del gobierno de permitir la venta de medicamentos en cualquier tipo de establecimiento representa un claro peligro para la salud pública, ya que desregula la responsabilidad del farmacéutico en la dispensación de estos productos.

El fallo subraya la importancia de mantener los controles y la supervisión de los farmacéuticos en la venta de medicamentos, incluso aquellos de «venta libre». El juez recordó que sin la intervención de un profesional capacitado, la venta de medicamentos fuera de las farmacias podría considerarse ejercicio ilegal de la farmacia y constituir una infracción del Código Penal. Esta medida refuerza la necesidad de que los medicamentos sean dispensados únicamente por personal calificado que pueda garantizar su uso seguro y adecuado.

La suspensión de estos artículos también afecta al Decreto 63/24, que autorizaba la venta de medicamentos en kioscos y otros establecimientos, y al Decreto 345/24, que reglamentaba la receta electrónica. Estos cambios propuestos por el gobierno habían generado gran preocupación entre los profesionales de la salud, quienes argumentaban que permitir la venta de medicamentos fuera de las farmacias podría llevar a un uso indebido y potencialmente peligroso de estos productos.

El juez Quirós destacó que el rol del farmacéutico no se limita a la venta de medicamentos, sino que incluye una función social y sanitaria crucial. Los farmacéuticos proporcionan asesoramiento especializado y garantizan que los medicamentos se utilicen de manera segura y eficaz, lo cual es fundamental para la protección de la salud pública. La eliminación de estas regulaciones, según el magistrado mendocino, rompería este vínculo esencial entre los farmacéuticos y los pacientes.

La decisión del juez se basa también en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud

El fallo subraya que los medicamentos, incluso los de «venta libre», no son bienes de consumo ordinario y su comercialización debe ser tratada con un cuidado especial. La Organización Mundial de la Salud recomienda que estos medicamentos sean vendidos únicamente en farmacias, para asegurar que sean dispensados por personal capacitado.