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SOCIEDAD

AFIP elimina el papeleo: ya no es obligatorio registrar contratos de alquiler

Sin embargo, seguir registrando el contrato de alquiler en la AFIP puede ser beneficioso para la reducción de otros impuestos del inquilino.

alquileres

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha introducido una nueva medida que simplifica el proceso de alquiler de inmuebles urbanos y rurales en la Argentina. Desde hoy, ya no será obligatorio registrar los contratos de alquileres, salvo para aquellos propietarios que deseen acceder a ciertos beneficios fiscales.

Esta disposición de la AFIP forma parte de la Resolución General 5545/2024, publicada recientemente en el Boletín Oficial, y es consecuencia del Decreto 70/2023, que derogó la Ley de Alquileres 27.551. Según la nueva normativa, los propietarios ya no tendrán que inscribir sus contratos en el «Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)» para que estos tengan validez.

Quienes busquen aprovechar los beneficios fiscales deberán cumplir con este trámite. Específicamente, aquellos interesados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), o en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias, Bienes Personales y Ganancias, deberán registrar sus contratos de alquiler antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días posteriores a la firma del contrato.

Este registro se realizará a través de la página web oficial de la AFIP, facilitando el proceso para los contribuyentes. La medida también establece que aquellos que ya tengan sus contratos registrados no necesitan volver a hacerlo, a menos que haya modificaciones o actualizaciones en los mismos. De esta forma, se busca evitar trámites redundantes y simplificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

La AFIP elimina la burocracia en los alquileres y otros trámites rurales

Además de esta modificación en el registro de contratos, la AFIP también ha eliminado la obligación de que los empleados en relación de dependencia adjunten una copia de su contrato de alquiler en el servicio SiRADIG para acceder a deducciones en el impuesto a las ganancias. Anteriormente, este requisito era necesario para obtener deducciones del 40% y del 10% en las sumas pagadas por alquiler, según lo previsto por la normativa vigente.

Esta decisión se suma a una serie de derogaciones recientes por parte de la AFIP, todas ellas con el objetivo de reducir la carga administrativa para los contribuyentes. Entre las medidas adoptadas se encuentra la eliminación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) y la eliminación de diversas obligaciones para productores agropecuarios, como la presentación de cinco declaraciones juradas anuales sobre cosechas.

Asimismo, se ha eliminado el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, con la intención de facilitar el comercio exterior. Estas reformas reflejan un enfoque más simplificado y accesible en la gestión de trámites fiscales, buscando reducir la burocracia y fomentar un entorno más dinámico para la economía del país.