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ECONOMÍA

ARCA controlará los movimientos de dinero que superen los $600 mil pesos en billeteras virtuales y bancos

En el día de la fecha se compartió un nuevo anuncio luego de que los contribuyentes se quejaran en las redes sociales.

ARCA

Las disposiciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizaron los montos que deberán ser informados. Esta reglamentación comenzó a regir para las operaciones que ocurran desde el 1° de enero. Este aumento se corresponde con los ajustes por la inflación.

El ARCA, que llegó en reemplazo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), dispuso cuáles serán los montos que se podrán transferir sin ser investigado. Estas transacciones deberán ser informadas por las financieras cuando superen los 600.000 pesos. En cambio, para las operaciones bancarias, deben superar el millón.

El organismo avanza en la supervisión y control de las operaciones financieras. Por ese motivo estableció ciertos límites a la hora de realizar envíos de dinero mediante pagos electrónicos.

El objetivo es verificar la legitimidad de los fondos. También, detectar posibles irregularidades fiscales en las transacciones que se realicen a través de dichas aplicaciones. ARCA determinó que se solicitarán los datos de todos los usuarios que posean saldos mensuales iguales o superiores a los $ 600.000 en billeteras virtuales.

En caso contrario, se abrirá una causa para determinar el origen de estos fondos. A partir de ello, las entidades bancarias o billeteras virtuales deben reportar a ARCA los movimientos financieros. Este régimen, diseñado para mejorar los controles tributarios, no tiene impacto directo en los consumidores. Esto se debe a que no modifica sus obligaciones fiscales ni genera costos adicionales.

Los montos a informar

Las entidades financieras, billeteras virtuales y otras plataformas son quienes deben encargarse del reporte. Esto se dará cuando ciertas operaciones superen los umbrales determinados a partir de enero de 2025: operaciones por $600.000, ingresos o egresos por $1.000.000 y saldos finales en cuentas por 2.000.000 pesos.

Las operaciones sujetas a información a partir de enero de 2025 se distribuyen en: $600.000, $1.000.000 y $2.000.000. Sin embargo, cada monto depende de diferentes aspectos. En el caso de los $600 mil, se trata de consumos totales realizados con tarjetas de débito en el país. Y, también, los ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

En el caso del millón, se trata de la totalidad de las acreditaciones bancarias registradas en un mes. También si se constituyen inversiones de plazo fijo en el mes. Además, incluye extracciones en efectivo (por ventanilla, cajeros automáticos o cualquier otro medio), en el país como en el exterior. Finalmente, el límite también contempla los saldos finales al último día hábil de cada mes. En este caso, se estipula tanto para cuentas bancarias como billeteras virtuales.

Los dos millones contemplan las operaciones de transferencias bancarias o virtuales realizadas exclusivamente desde billeteras virtuales que superen este monto. Solo controlará las billeteras virtuales.

La vigenca de esta medida es por seis meses. La Resolución General 5512/2024, que dio origen a la actualización, fue implementada como parte de una estrategia de modernización fiscal. El objetivo de ARCA es garantizar una mayor trazabilidad de las operaciones financieras digitales y evitar posibles casos de evasión fiscal.

Cabe destacar que este tipo de controles ya existían. Pero los montos a reportar se ajustan periódicamente en función de la inflación. Este mecanismo busca que los valores no pierdan relevancia real y continúen cumpliendo su propósito sin generar un exceso de carga administrativa para las entidades alcanzadas.