Antes de que el proyecto llegue al recinto de Diputados, el ministro de Economía, Luis Caputo, salió a respaldar la reforma laboral y lanzó críticas a las cámaras empresarias: «Me asombra que no festejen«, deslizó el dirigente en sus redes sociales, donde se refirió a algunas modificaciones de las que no se hablan comunmente.
El funcionario defendió la iniciativa, que ya cuenta con media sanción del Senado, y subrayó que prevé una reducción del 85% en las cargas patronales para los nuevos empleos. Según planteó, se trata de un punto central del texto, aunque «no se habla del tema».
Luis Caputo citó en su cuenta de X el mensaje de un usuario que señalaba: «Esto es enorme. La baja del costo laboral será muy grande. Y una muy buena noticia. El gobierno sigue bajando la presión fiscal». A partir de esa publicación, el ministro enfatizó: «Esto es casi lo más importante de la ley. Les bajamos las cargas patronales un 85 por ciento para los nuevos empleos y no se habla del tema. Ninguna cámara festeja, nada. ¡No salgo de mi asombro!».
Qué dice la reforma laboral
En el articulado, los puntos 154 y 155 del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) establecen que quienes «adquieran el carácter de empleador a partir del 10 de diciembre de 2025, inclusive, podrán aplicar las condiciones del presente régimen, hasta el máximo de trabajadores que determine la Reglamentación, el que no podrá ser superior al 80% de la nómina de trabajadores».
El artículo siguiente precisa: «Por las nuevas relaciones laborales dadas de alta en el marco del presente régimen, el empleador deberá ingresar las alícuotas previstas para el régimen general de contribuciones patronales, tomando en cuenta las siguientes adecuaciones para los subsistemas que se mencionan seguidamente, independientemente de que el empleador encuadre en el inciso a) o b) del artículo 19 de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541 y sus modificatorias».
Luego de esto, se detalla los dos incisos. Los mismos establecen «una alícuota del DOS POR CIENTO (2%) total en concepto de contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Fondo Nacional de Empleo y al Régimen de Asignaciones Familiares, correspondientes a los primeros CUARENTA Y OCHO (48) meses contados a partir del mes de inicio de la nueva relación laboral, inclusive» y una alícuota del TRES POR CIENTO (3%) con destino al Subsistema de Seguridad Social regido por la Ley Nº 19.032 (INSSJP), correspondiente a los primeros CUARENTA Y OCHO (48) meses contados a partir del mes de inicio de la nueva relación laboral».
Esto es casi lo más importante de la ley. Les bajamos las cargas patronales un 85 por ciento para los nuevos empleos y no se habla del tema. Ninguna cámara festeja, nada. No salgo de mi asombro! https://t.co/jOaGZnfo8s
— totocaputo (@LuisCaputoAR) February 16, 2026
