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POLÍTICA

La Justicia dejó sin efecto el fallo que suspendía la reforma laboral y Milei festejó en rede sociales

 

La Cámara indicó que no existen excepciones para no darle efecto suspensivo a la reforma laboral, por lo que todo volvió a cero.

 
reforma laboral

La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió este jueves otorgar efecto suspensivo a la apelación presentada por el Gobierno contra la cautelar que había frenado parte de la reforma laboral. Con esa decisión, la Ley de Modernización Laboral recupera plena vigencia y queda sin efecto la suspensión dispuesta en primera instancia por el juez Raúl Horacio Ojeda, sin necesidad de que la Corte Suprema se expida sobre el per saltum.

La causa se originó a partir de una presentación de la CGT, que había solicitado una medida cautelar para frenar la aplicación de 82 artículos de la ley 27.802, sancionada y publicada en el Boletín Oficial a comienzos de marzo. El juez Ojeda hizo lugar a ese planteo el 30 de marzo y suspendió la vigencia de esos artículos, lo que motivó la apelación inmediata del Estado Nacional y desató una pulseada judicial que se resolvió este jueves a favor del Gobierno.

En su análisis, la Cámara sostuvo que la normativa vigente establece que cuando una medida cautelar suspende total o parcialmente los efectos de una disposición legal, la apelación debe concederse con efecto suspensivo, salvo en situaciones excepcionales. Según el fallo, esas excepciones no se verifican en este expediente, al menos en una evaluación preliminar, por lo que correspondía restituir la vigencia de la norma mientras se tramita el recurso.

Efecto inmediato

El impacto de la decisión es inmediato. Los artículos cuestionados de la reforma laboral vuelven a regir, lo que revierte el escenario que se había generado tras el fallo de primera instancia. Entre los artículos que habían sido frenados figuran modificaciones en materia de indemnizaciones por despido, modalidades de contratación, banco de horas, fraccionamiento de vacaciones y límites a las contribuciones sindicales, puntos que la CGT había argumentado que vulneran derechos consagrados en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

La resolución de la Cámara representa un revés significativo para la central obrera, que había celebrado la cautelar de primera instancia como una victoria parcial en su estrategia judicial contra la reforma. La CGT deberá ahora redefinir sus próximos pasos legales en un escenario que volvió al punto de partida,

Festejo en el Gobierno

Ante esto, en Casa Rosada celebraron la resolución de la Justicia y el presidente, Javier Milei, lo manifestó en redes sociales: «No podrán detener el crecimiento que se viene para el País. VIVA LA LIBERTAD CARAJO…!!!», escribió el funcionario, a la par que otros ministros y diputados de su espacio político.