El exministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona analizó en Radio La Red el DNU que firmó Javier Milei para impedir el ingreso o expulsar a extranjeros que inciten al odio contra los argentinos. Si bien respaldó el objetivo de la medida, advirtió que existen “cuestiones jurídicamente dificultosas” sobre su implementación y pidió definir con precisión los alcances de la norma.
El abogado sostuvo que la iniciativa tiene aspectos positivos. Sin embargo, remarcó que será necesario aclarar cómo se determinarán las conductas sancionables. También consideró necesario establecer qué autoridad tendrá la facultad de aplicar las restricciones previstas en el decreto.
Cúneo Libarona respaldó el objetivo del decreto, pero planteó reparos
Consultado sobre la medida, el exfuncionario afirmó: “Yo veo cuestiones positivas y jurídicamente dificultosas”. Luego explicó que los delitos de odio y las ofensas contra los símbolos patrios ya están contemplados en la legislación argentina. Por ese motivo, consideró razonable impedir el ingreso de quienes cometan ese tipo de conductas.
Sin embargo, sostuvo que el texto deja interrogantes abiertos. “Mi única gran observación es cómo se determina qué es una ofensa. Es un concepto muy genérico. Luego también, ¿quién la determina? ¿La autoridad migratoria o un juez?”, planteó.
Además, señaló que el procedimiento debe garantizar el derecho de defensa. “La persona a la que se le restringe el ingreso tiene que contar con mecanismos para recurrir la decisión. Ese procedimiento también debe ser analizado”, explicó.
Mariano Cúneo Libarona ,Exministro de Justicia , pasó por #Vilouta910 con @pviloutaoficial y habló sobre el DNU que firmó Milei contra los extranjeros que hagan mensajes de odio contra los argentinos.
— Radio La Red – AM 910 ? (@radiolared) July 30, 2026
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Las dudas sobre la aplicación de la medida
Cúneo Libarona también habló sobre la forma en que podrían acreditarse las conductas sancionadas. Según explicó, una eventual expulsión o prohibición de ingreso deberá estar respaldada por pruebas concretas, como registros audiovisuales o documentación suficiente.
En ese sentido, recordó que ya existen sanciones por hechos discriminatorios ocurridos en espectáculos deportivos. No obstante, insistió en que será fundamental definir con claridad qué constituye una ofensa. “Tiene que estar probada. Si no, de ninguna manera puede haber una sanción”, afirmó.
Por último, rechazó que el DNU responda a una estrategia mediática del Gobierno. “Javier no piensa en el efecto mediático. Lo que piensa es qué es lo mejor para la Argentina. Puede tener razón o no, pero su objetivo es ese”, sostuvo. Aun así, reiteró que la reglamentación deberá despejar las dudas jurídicas para evitar interpretaciones discrecionales en su aplicación.
