La Justicia laboral suspendió una polémica medida impulsada por Patricia Bullrich cuando estaba al frente del Ministerio de Seguridad. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63 dictó una medida cautelar que dejó sin efecto, de manera provisoria, la Resolución 1199/2024. La norma habilitaba a la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) a realizar tareas de carga y descarga de equipaje durante los paros de trabajadores aeronáuticos.
La resolución había sido dictada a fines de 2024 y apuntaba a garantizar el funcionamiento de los aeropuertos durante las medidas de fuerza. La Asociación del Personal Aeronáutico (APA) presentó un amparo y sostuvo que la disposición afectaba el derecho a huelga de los trabajadores de Intercargo.
La Justicia cuestionó el rol de la Policía Aeroportuaria
El fallo, firmado por el juez Raúl Horacio Ojeda, recogió los planteos realizados por el sindicato contra la resolución de Bullrich. Según la presentación, se trataba de un “acto administrativo irrazonable e ilegítimo” que “coarta garantías constitucionales fundamentales (art. 14 bis)”.
La organización gremial también sostuvo que la medida terminaba por “coartar y suprimir tornando inocua y carente de efectividad alguna la garantía constitucional del ejercicio del derecho a huelga de los trabajadores”. El tribunal analizó estos argumentos al evaluar la cautelar solicitada por APA.
El fallo cuestiona la utilización de agentes de la PSA para reemplazar a los trabajadores durante una huelga. Para el magistrado, esa situación podría convertir a la fuerza de seguridad en una suerte de “rompehuelgas” y “desnaturaliza la función de una fuerza de seguridad y atenta contra el ordenamiento jurídico vigente”.
La advertencia por la seguridad en los aeropuertos
El juez también puso el foco en las tareas de rampa que se realizan en los aeropuertos. El manejo de equipaje, escaleras, transporte y asistencia a las aeronaves requiere capacitación específica, por lo que el fallo advirtió sobre los riesgos de asignar esas funciones a personal que no cuenta con esa preparación.

En ese sentido, la resolución habló de un escenario de “inseguridad operativa” y de un “riesgo para la ciudadanía”. Además, sostuvo que la falta de idoneidad técnica de los agentes “pone en serio peligro la seguridad de los pasajeros, la ciudadanía, los viajeros y la integridad de los equipos e instalaciones aeroportuarias”.
Ojeda defendió el derecho sindical
Para fundamentar su decisión, Ojeda también recurrió a convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). El magistrado recordó que el derecho a huelga constituye “uno de los elementos esenciales del derecho sindical” y un “derecho legítimo al que puede recurrir los sindicatos para defender los intereses de sus miembros”.
Finalmente, el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 resolvió “hacer lugar a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, suspender los efectos de la Resolución 1199/24 del Ministerio de Seguridad, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”.
LA JUSTICIA SUSPENDIÓ UNA MEDIDA DE BULLRICH QUE PERMITÍA ROMPER HUELGAS A LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
— G-Dogg (@GDoggBA) August 28, 2026
La Resolución 1199/24 del Ministerio de Seguridad instruía a la PSA a efectuar tareas de carga y descarga de equipajes.
Los aeronáuticos consiguieron su suspensión. https://t.co/uqR2JLDVkb pic.twitter.com/rQVcZzQHd2
De esta manera, la medida impulsada durante la gestión de Patricia Bullrich queda suspendida mientras continúa la discusión judicial sobre su legalidad.
