(BUENOS AIRES).- “El disvalor de la acción de Grabois no se funda en su condición de funcionario público o abogado, sino en los hechos que se le imputan”, sostuvo la Cámara Federal. El 1 de octubre, la Sala I confirmó el procesamiento de Juan Grabois por el ingreso al inmueble estatal y mantuvo el embargo de $5 millones sobre sus bienes.
La decisión fue firmada por los camaristas Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola. La Sala I rechazó las apelaciones de las defensas y ratificó la resolución que había dictado el 26 de junio el juez de primera instancia, Sebastián Ramos. La imputación se mantiene por usurpación y resistencia a la autoridad, delitos previstos en los artículos 150 y 239 del Código Penal.
Los jueces consideraron que los testimonios policiales y las grabaciones incorporadas al expediente ubicaron a Juan Grabois al frente del grupo que ingresó al edificio. La Cámara lo describió como “a la cabeza del grupo que ingresó indebidamente a un inmueble del Estado”. También sostuvo que los participantes dañaron las instalaciones y permanecieron allí pese a las órdenes de los funcionarios.
El episodio ocurrió el 7 de junio de 2025 en el inmueble de Austria 2593/2601, en la Ciudad de Buenos Aires, donde había funcionado el Instituto Juan Domingo Perón, cerrado por el Decreto 346/25. El día anterior, Grabois había convocado a concurrir al lugar a través de X e Instagram. La convocatoria incluyó la consigna “defendamos el Instituto Juan Domingo Perón y el Bar ‘Un café con Perón’”.
Los argumentos del tribunal
El tribunal sostuvo que Juan Grabois ingresó con un grupo de personas convocadas por él y que se negó a retirarse ante la orden policial. Los manifestantes fueron desalojados un par de horas después por la Policía Federal y fuerzas de la Ciudad, y el dirigente fue detenido. En un escrito presentado por su abogado, Grabois afirmó que había llegado como abogado de una cooperativa para mediar “institucionalmente”; Ramos no dio crédito a esa versión. La Cámara señaló que esa condición “no lo exime del cumplimiento de una orden legítima emanada por una autoridad competente”.
La resolución aclaró que la calificación legal es provisoria y que la responsabilidad se evalúa con el grado de probabilidad propio de esta etapa del proceso. La fiscalía respaldó los procesamientos, aunque propuso una calificación penal distinta y no apeló. El Ministerio de Capital Humano, que intervino como querellante, había pedido que se confirmara la decisión. Cuando se dictó el procesamiento, Patria Grande calificó la medida como “mamarracho jurídico” y sostuvo: “No nos vamos a dejar amedrentar por Milei y la mafia judicial de Lago Escondido”.
La Cámara confirmó también el procesamiento de Valentín Peralta y ratificó un embargo de un millón de pesos sobre sus bienes. Quedó pendiente en primera instancia el planteo de su defensa para que la causa pase al fuero ordinario. La Sala I rechazó, además, el pedido del Centro de Estudios Legales y Sociales para intervenir como tercero colaborador. La defensa de Peralta deberá esperar la resolución de ese planteo en el juzgado de primera instancia.
