Para cumplir con sus rutinas de entrenamiento, miles de personas eligen las cadenas de clubes y gimnasios asentadas en nuestro país y de ellas, SportClub es la más reconocida. Sin embargo, la empresa ha recibido fuertes denuncias en las últimas semanas por una práctica que incumple la Ley de Defensa al Consumidor. Ocurre con el proceder de la firma hacia los socios que quieren desvincularse del plan.
El Intransigente recibió reclamos vinculados a la sede denominada «Obras Paraguay«, que se encuentra en Paraguay 2060 (Recoleta, CABA). Aunque en redes sociales hay múltiples planteos en el mismo sentido y sumando otro aspecto: la falta de respuesta en la atención al cliente. Algo que este medio también pudo corroborar al cumplir con el correspondiente chequeo previo de la información con los teléfonos de contacto de la cadena.
SportClub tiene una modalidad de contrato según planes de membresía mensuales, semestrales y anuales. Para ello, se realiza un pago por adelantado y automático de la suscripción, mediante tarjeta de crédito o débito. Y se firma un contrato que establece la política de cancelación anticipada tanto por voluntad del socio como de la propia cadena.
No obstante, hay denuncias reiteradas de incumplimiento de lo firmado. Según la denuncia recibida por El Intransigente, corroborada, en la sede «Obras Paraguay» se cobra hasta dos meses de más a socios/as que han manifestado su deseo de retirar la membresía. Por un lado, se argumenta que el aviso debe ser entre el 1 y el 10 del mes, y que en caso contrario, se debe pagar el mes entero aunque no se vaya a entrenar. Sin embargo, no existe ese plazo para la inscripción: se hace efectiva cualquier día del 1 al 30.
A esto se suma el hecho de que se impide hacer la cancelación de manera telefónica, cuando sí se permite la contratación por esa vía. Este escollo hace que, para personas que cuenten con poco tiempo para acercarse presencialmente, corran los días hasta hacer la solicitud de baja.
Reclamos en redes sociales contra SportClub
En redes sociales, distintos usuarios han dejado su testimonio en el mismo sentido contra SportClub. «¿Qué se hace con gente como SportClub que te cobra adelantado con el débito y te querés dar de baja y tenes que regalarle un mes?», se preguntó @ivanita_27. «¿Es legal que en SportClub te puedas inscribir en cualquier momento del mes y cualquier día y para darte de baja SOLO del 1 al 10 de cada mes?», planteó por su parte @AndreaPor2. Mientras que otra usuaria, @SoyGi3, dijo: «Necesito darme de baja, pero la sede se encuentra cerrada y no puedo hacer el trámite. ¿Me podrían dar una solución? No responden mails y no hay forma de comunicarse».
@SportClub_Gym Necesito darme de baja, pero la sede se encuentra cerrada y no puedo hacer el trámite.
— Soy_Gi (@SoyGi3) May 3, 2023
Me podrían dar una solucion? No responden mails y no hay forma de comunicarse.@BAdefensa @DNDConsumidor
@dzapatillas es legal que en @SportClub_Gym te puedas inscribir en cualquier momento del mes y cualquier día y para darte de baja SOLO del 1 al 10 de cada mes? O es turbio y no respeta la ley?
— Andrea Por (@AndreaPor2) April 22, 2023
Q se hace con gente como @SportClub_Gym q te cobra adelantado con el debito y te queres dar de baja y tenes q regalarle un mes de $$$$ por que no cumples las leyes del consumidor q claramente prohiben este accionar
— Ivana (@ivanita_27) May 4, 2023
Qué dice la Ley de Defensa al Consumidor
En la Ley de Defensa al Consumidor, hay artículos clave que muestran que esta práctica de SportClub está infringiendo la normativa. El Artículo 10º de la Ley 242440 establece los «modos de rescisión». “Cuando la contratación de un servicio, incluidos los servicios públicos domiciliarios, haya sido realizada en forma telefónica, electrónica o similar, podrá ser rescindida a elección del consumidor o usuario mediante el mismo medio utilizado en la contratación”, especifica.
En tanto, el Artículo 10ºquater, sostiene: «Prohíbase el cobro de preaviso, mes adelantado y/o cualquier otro concepto, por parte de los prestadores de servicios, incluidos los servicios públicos domiciliarios, en los casos de solicitud de baja del mismo realizado por el consumidor ya sea en forma personal, telefónica, electrónica o similar», por lo que no podría regir la regla «del 1 al 10» como plazo máximo para dar aviso.