El bloque de Provincias Unidas en la Cámara de Diputados presentó otro proyecto de «Ficha Limpia« ante el Congreso de la Nación. Dicha iniciativa tiene como objetivo que no puedan ser candidatos a cargos electivos nacionales quienes tengan condenas por delitos graves.
«Argentina necesita debatir Ficha Limpia. Este es mi aporte a una discusión que tenemos que dar entre todos. No partimos de cero: ya tuvo media sanción en Diputados y en Santa Fe lo incorporamos a la Constitución como política de Estado. No podemos dejar caer lo que ya avanzamos», expresó la diputada nacional y jefa del bloque Gisela Scaglia en su cuenta de X.
Argentina necesita debatir Ficha Limpia. Este es mi aporte a una discusión que tenemos que dar entre todos.
— Gisela Scaglia (@GiScaglia) April 13, 2026
Junto a diputados de @ProvUnidas_Dip presenté un proyecto para que quienes tengan condenas por delitos graves no puedan ser candidatos a cargos electivos nacionales.
No… pic.twitter.com/xsPLvTxBsL
¿Qué propone el proyecto de Provincias Unidas?
El nuevo proyecto presentado por la propia Scaglia junto a María Inés Zigarán, Carolina Basualdo y José Núñez propone principalmente que no puedan ser precandidatos ni candidatos a cargos públicos electivos nacionales los condenados por el delito de fraude en perjuicio de la administración pública. A los que se suman por corrupción, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad.
También incorpora a sentenciados por delitos de terrorismo y vinculados al tráfico ilícito de estupefacientes, de secuestro extorsivo y de trata de personas. Y por delitos contra la integridad sexual, dolosos contra la vida o la integridad física. Lavado de activos, contra el orden constitucional y la vida democrática. Junto a personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos o registro equivalente. Mientras subsista dicha condición.
«La inhabilitación operará cuando exista condena confirmada por tribunal de alzada, aun cuando no se encuentre firme. Y se mantendrá mientras subsista la condena o hasta transcurridos diez años desde el cumplimiento de la pena, lo que ocurra con posterioridad. La inhabilitación prevista resultará aplicable independientemente de la interposición de recursos extraordinarios o pendientes de resolución. Sin requerir sentencia firme ni autoridad de cosa juzgada», detalla.
«No puede resultar que quienes aspiran a administrar recursos públicos incumplan obligaciones básicas impuestas por la ley»
Por otra parte, propone que la Justicia Nacional Electoral será quien verificará al momento de la oficialización de candidaturas el cumplimiento de las condiciones previstas en la iniciativa. Y exige que los tribunales judiciales con competencia penal comuniquen de manera inmediata a la Justicia Nacional Electoral y al Registro Nacional de Reincidencia toda sentencia condenatoria. Una vez confirmada por tribunal de alzada, y en los términos del presente proyecto.
«El Registro Nacional de Reincidencia llevará un registro público actualizado de las sentencias dictadas. No puede resultar indiferente para el sistema democrático que quienes aspiran a dictar leyes, o administrar recursos públicos, incumplan obligaciones básicas impuestas por la propia ley», concluye.
