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POLÍTICA

Intervinieron el PJ de Salta por la denuncia de alguien que, ni siquiera, es afiliado

 

La resolución judicial designó a José Luis Napoleón Gambetta como interventor del PJ Salta y desautorizó de hecho la conducción partidaria nacional.

 
PJ Salta

(Por Diego Nofal) La decisión de la jueza federal con competencia electoral María Servini de intervenir el Partido Justicialista (PJ) de Salta cayó como un mazazo sobre el peronismo provincial y nacional. A pocos días del Congreso partidario del 19 de mayo, donde el PJ nacional se disponía a ratificar su cronograma electoral y extender por otros 180 días la intervención previa, la resolución judicial designó a José Luis Napoleón Gambetta como interventor y desautorizó de hecho la conducción partidaria nacional. Pero el escándalo no está en la disputa de poder que el fallo dirime, sino en un dato que permanecía semioculto y que ahora desnuda la fragilidad extrema de todo el andamiaje jurídico que sostiene la intervención: la denuncia que originó la causa fue presentada por alguien que, literalmente, ni siquiera es afiliado al Partido Justicialista.

Un informe oficial enviado el 8 de mayo de 2026 por los propios interventores partidarios, Pablo Kosiner y María Inés Cannuni, a los apoderados del PJ nacional lo deja sin margen para la interpretación. Tras verificar el padrón digital retirado de la Secretaría Electoral del Juzgado Federal N°1 de Salta y consultar el Registro Nacional de Afiliados del Poder Judicial de la Nación, la conclusión es terminante: Esteban Amat Lacroix, el dirigente que se presentó como presidente partidario desplazado y motorizó la acción judicial que terminó volteando la intervención anterior, no registra matrícula alguna. No es afiliado. No forma parte del padrón partidario. No es, en los términos más elementales de la carta orgánica del peronismo, un compañero afiliado.

Este dato convierte la intervención judicial en un hecho de una gravedad institucional inmensa. Porque, más allá de los argumentos de la jueza Servini sobre la sucesión de intervenciones “injustificadas o sempiternas” y el dato real de que el PJ salteño por primera vez desde 1983 no presentó candidatos propios en las elecciones provinciales de 2025, la piedra fundacional del expediente es una denuncia interpuesta por quien carece de legitimación activa básica. La ley de partidos políticos es clara: la posibilidad de impugnar actos internos está reservada a los afiliados. Es la pertenencia al partido lo que otorga el derecho a reclamar por su vida institucional. Si Amat Lacroix no estaba afiliado, su demanda nunca debió prosperar, porque nadie puede arrogarse la representación de un cuerpo al que no pertenece.

El fallo de Servini intentó cubrir ese bache interpretando que Amat Lacroix era una “autoridad desplazada” al momento de la intervención anterior, una figura que amplía el universo de los eventuales legitimados. Pero esa lectura se derrumba frente a la contundencia documental: no hay matrícula, no hay afiliación, no hay ningún vínculo formal con el partido. La condición de autoridad se adquiere siendo afiliado y ocupando un cargo partidario. Si el dirigente nunca integró el padrón, la calidad de autoridad es un cascarón vacío, una ficción que no resiste el menor cotejo registral. Estamos, entonces, ante una intervención judicial que no fue pedida por un afiliado sino por un extraño al partido, lo que vicia de nulidad el proceso desde su origen mismo.

La paradoja es cruel. La jueza buscó poner fin a una cadena de intervenciones que, según su criterio, perpetuaban la parálisis del peronismo salteño. Pero lo hizo dándole curso a una presentación que, en los papeles, no es más que la maniobra de un dirigente que ni siquiera integraba las filas del partido. El remedio resultó peor que la enfermedad, porque ahora la intervención judicial nace con un pecado original que la deslegitima por completo. No se trata de una discusión menor sobre estatutos partidarios o plazos de normalización; se trata de que la orden de intervenir fue dictada a partir de un acto procesal que no podía ser iniciado por quien lo inició.

En el entorno del PJ nacional este dato ya genera un terremoto. Se rumorea que dentro del saencismo, el espacio político que responde a la familia Sáenz y que impulsó muchas de estas movidas, hay más nervios por la difusión de este informe que por el Congreso partidario del martes. La razón es evidente: la constancia oficial de que el denunciante no es afiliado convierte al expediente en un castillo de naipes. Todo lo actuado puede ser revisado, y la intervención de Gambetta corre serio riesgo de ser percibida como una intromisión judicial montada sobre un fraude a la ley de partidos. Quienes defendían la intervención como un camino hacia la normalización partidaria, ahora deberán explicar por qué esa normalización se gatilló gracias a alguien que está afuera del padrón.

El peronismo tiene reglas internas que, con sus marchas y contramarchas, preservan la soberanía de los afiliados para decidir sus autoridades. La intervención judicial siempre es un recurso extremo que debería reservarse para casos de violaciones flagrantes y debe ser solicitada por quienes tienen legitimidad para hacerlo. Cuando ese mecanismo se activa a partir de la denuncia de un no afiliado, no se está defendiendo la democracia interna: se la está enterrando bajo un expediente viciado. El Congreso del 19 de mayo tiene ahora la oportunidad de marcar la cancha, de poner la afiliación y la legalidad partidaria en el centro y de desenmascarar una intervención que nació torcida. Porque en política, lo que empieza mal, difícilmente termine bien, y este proceso arrancó con la firma de quien, para el padrón, nunca existió como peronista.

La verdad debe contarse entera, siempre. Para aportar información, puteadas y amenazas diegonofal@gmail.com.