El Gobierno Nacional avanzó con una nueva reglamentación de la reforma laboral a través del Decreto 612/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, con cambios que impactan directamente en las negociaciones entre sindicatos y empresas. La medida busca precisar el alcance de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 y establece nuevos criterios para la aplicación de aportes y contribuciones dentro de los convenios colectivos de trabajo.
El decreto, firmado por el presidente Javier Milei, la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello y el jefe de Gabinete Diego Santilli, apunta a ordenar la forma en que se aplican los acuerdos alcanzados entre empleadores y organizaciones sindicales. Uno de los puntos centrales de la normativa es que los aportes patronales extraordinarios quedan excluidos del límite del 2%, permitiendo que las partes puedan negociar libremente esos montos. Aunque los acuerdos deberán pasar por la homologación del Estado para tener validez.
Terminó el Mundial
— Fabian Waldman ?????? (@FabianWaldman) July 20, 2026
Decreto 612/2026 Convenios colectivos de trabajo
La base de cálculo será el salario básico y sumas remunerativas habituales. Excluyen bonos y horas extras.
El cambio en la base de cálculo de los aportes sindicales
La nueva reglamentación también modifica los criterios para determinar la base de cálculo de los aportes y contribuciones previstos en los convenios colectivos. Según establece el Decreto 612/2026, esa base estará integrada por el salario básico convencional correspondiente a la categoría del trabajador y por las sumas remunerativas normales y habituales de pago mensual que tengan origen convencional.
De esta manera, quedarán excluidos de la base de cálculo distintos conceptos que no formen parte de la remuneración habitual mensual. Entre ellos se encuentran premios, bonos, participación en las ganancias, horas extras, sueldo anual complementario, plus vacacional, sumas no remunerativas y cualquier otro concepto que no sea percibido de manera normal, habitual y mensual.
El Gobierno fijó condiciones para el destino de los fondos
Otro de los puntos establecidos por la norma está vinculado al destino de los aportes y contribuciones que los empleadores acuerden realizar dentro de los Convenios Colectivos de Trabajo. El decreto determina que esos fondos deberán estar destinados exclusivamente a obras de carácter social, asistencial, previsional o cultural en beneficio de los trabajadores representados por las organizaciones sindicales.
Además, el Ejecutivo estableció que esos recursos deberán contar con una administración especial y una documentación separada respecto del resto de los bienes y fondos sindicales. La medida busca reforzar los mecanismos de control sobre esos aportes y garantizar que sean utilizados para los fines establecidos por la normativa.
Una nueva disputa entre el Gobierno y los gremios
La decisión forma parte de la implementación de la reforma laboral impulsada por la administración de Javier Milei y profundiza los cambios sobre el esquema de negociación colectiva. Desde el Gobierno sostienen que las modificaciones buscan brindar mayor claridad jurídica y facilitar el control previo a la homologación de acuerdos entre trabajadores y empleadores.
Sin embargo, la medida genera nuevos cuestionamientos por parte de las organizaciones sindicales, que observan con preocupación los cambios sobre los recursos derivados de los convenios colectivos. La exclusión de determinados conceptos de la base de cálculo podría reducir los montos considerados para algunas contribuciones y modificar el alcance económico de futuros acuerdos.
Con este decreto, el Gobierno Nacional avanzó en una nueva etapa de la reforma laboral y redefinió las condiciones bajo las cuales sindicatos y empresas podrán establecer aportes dentro de los convenios colectivos. La medida abre una nueva discusión sobre el equilibrio entre la negociación privada, el control estatal y el financiamiento de las organizaciones gremiales.
