ESPECTÁCULO

Giro en la causa de Jésica Cirio: para la Justicia, los videos con los dólares no son una prueba

 

El informe técnico oficial sepultó la pieza central de la acusación contra Jésica Cirio. La Justicia descartó los videos como evidencia por falta de autenticidad y fallas en la cadena de custodia.

 
Jessica Cirio
Jessica Cirio

(BUENOS AIRES).- «Un video del que no se sabe cuándo fue filmado, con qué dispositivo, por quién, ni qué le pasó en el camino, no prueba nada». Con esa frase del análisis técnico oficial, la Justicia le dio un giro favorable a Jésica Cirio y descartó como prueba los videos en los que se veían fajos de dólares. El material era la pieza central en la investigación por supuesto enriquecimiento ilícito que involucra a su ex pareja, Martín Insaurralde.

El peritaje lo elaboró el Laboratorio de Análisis Técnico de Telecomunicaciones de la DATIP, que depende de la Procuración General de la Nación. Los especialistas concluyeron que no existen elementos técnicos suficientes para confirmar la autenticidad ni el origen real de las grabaciones, por lo que no pueden incorporarse como evidencia válida en el proceso penal contra Jésica Cirio.

Uno de los puntos más críticos del informe es la pérdida total de los metadatos originales. Las marcas temporales internas de captura —las que graba automáticamente el dispositivo que filma— figuran en cero, algo que los peritos calificaron como un «indicador compatible con procesos de edición, transcodificación o reenvío masivo a través de aplicaciones de mensajería instantánea». Aplicaciones como WhatsApp o Telegram eliminan esa información del dispositivo fuente, lo que hace imposible reconstruir la trazabilidad del archivo.

Las fechas registradas en el dispositivo analizado corresponden al 24 de junio de 2026, pero solo señalan el momento en que los archivos se copiaron a un pendrive, no cuándo se filmó el material original. Los peritos advirtieron además que la fecha de modificación pudo haber sido alterada con herramientas digitales: detectaron patrones de copia masiva que coinciden al segundo entre distintos archivos, una irregularidad que refuerza la sospecha de manipulación.

A eso se suma que los videos se entregaron a la Justicia sin un código hash previo, la huella digital matemática que en informática forense garantiza que un archivo no fue alterado. Sin ese resguardo, el laboratorio consideró imposible verificar su integridad desde el origen. El material estaba almacenado en una carpeta denominada «copia2406» y consistía en «reproducciones simples», no en los registros originales, por lo que no se puede determinar quién generó los videos ni en qué contexto.

Una cadena de custodia con «significativa divergencia»

El dictamen también expuso una falla grave en la cadena de custodia. En el sobre rotulado como «pendrive» —identificado como Efecto 51— los peritos encontraron en su interior una tarjeta Micro SD de 32 GB. Esa contradicción entre lo documentado y lo hallado, señalaron los especialistas, «afecta la autenticidad y trazabilidad» del elemento presentado y constituye una «significativa divergencia» en el resguardo de la prueba.

Bajo estas condiciones, el informe del Ministerio Público Fiscal determinó que el material no cumple con los protocolos oficiales —como el Minseg-MPF 2023— para ser considerado evidencia válida. La conclusión debilita la hipótesis inicial de los investigadores y beneficia directamente a la defensa de Jésica Cirio, porque esos videos ya no pueden usarse como prueba de cargo en su contra.