(BUENOS AIRES).- “12 años perseguido por una justicia absolutamente parcial, que solo sirve para hostigar hasta el cansancio a todo aquel que sea peronista”, dijo César Milani, quien publicó un descargo tras el fallo del 29 de septiembre de 2026. La Corte Suprema dejó sin efecto la absolución de César Milani en la causa por la desaparición de Alberto Agapito Ledo y ordenó que el expediente vuelva a la Cámara Federal de Casación Penal para una nueva revisión.
Milani afirmó que el fallo desconoce el recorrido que ya había tenido el expediente. “Fui absuelto en juicio oral y público. Se confirmó la absolución en Casación. Y ahora la corte suprema, que llamativamente aquí si decide meterse a analizar el fondo de la cuestión, pide revisar la absolución”, sostuvo. Su referencia al peronismo presentó la denuncia como una persecución que, según su planteo, alcanza a quienes adhieren a ese espacio político.
Milani negó durante el juicio haber tenido contacto con Ledo y rechazó cualquier participación en su desaparición. “A Ledo nunca lo vi en mi vida”, declaró. También dijo: “Nunca encubrí, nunca torturé, no sé lo que es un centro clandestino de detención”.
12 años perseguido por una justicia absolutamente parcial, que solo sirve para hostigar hasta el cansancio a todo aquel que sea peronista.
— César Milani (@GeneralMilani) September 29, 2026
Fui absuelto en juicio oral y público.
Se confirmó la absolución en Casación.
Y ahora la corte suprema, que llamativamente aquí si decide… https://t.co/2jQTkxFMHW
A pesar de los argumentos de Rosenkrantz, la Corte falló contra Milani
La Corte Suprema dejó sin efecto la absolución y dispuso que Casación vuelva a examinarla, pero la resolución no implica una condena contra Milani. El fallo fue firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Juan Ignacio Pérez Curci. Luis Rabbi Baldi Cabanillas votó en forma concurrente y Carlos Rosenkrantz lo hizo en disidencia.
El expediente tiene como eje un sumario militar confeccionado el 22 de junio de 1976, cinco días después de la desaparición de Ledo, que atribuyó al soldado una supuesta deserción; para la acusación, ese trámite habría servido para encubrir su desaparición. Ledo tenía 20 años, cumplía el Servicio Militar Obligatorio en el Batallón de Ingenieros de Construcciones de La Rioja y desapareció el 17 de junio de 1976, mientras se encontraba en Tucumán. Había salido durante la madrugada junto al entonces capitán Esteban Sanguinetti y nunca volvió al campamento. La acusación sostuvo que Milani intervino en ese trámite cuando era subteniente y que su firma aparecía en el documento.
La Corte hizo suyo el criterio de la Procuración General de la Nación y cuestionó cómo Casación había valorado la prueba sobre la firma. El análisis citado por la Corte señaló que el propio Milani había reconocido públicamente que era suya y que las pertenencias de Ledo, incluidos sus anteojos, quedaron en el campamento. Rabbi Baldi Cabanillas también consideró arbitrario que Casación rechazara un peritaje caligráfico pedido por el Ministerio Público Fiscal.
Rosenkrantz rechazó esas acusaciones y escribió: “El horrible crimen contra Ledo ocurrió en el marco de la represión ilegal, pero no todo lo ocurrido entonces es el producto del obrar de todos los hombres de armas. La concreta participación de cada imputado en los delitos juzgados debe ser demostrada en cada causa más allá de toda duda razonable. Esta es un deber inclaudicable de una administración de justicia que respeta las restricciones que imponen las garantías consagradas en la Constitución Nacional”.
El Tribunal Oral Federal de Tucumán absolvió a César Milani en 2019, mientras que Sanguinetti fue condenado por su responsabilidad en los delitos cometidos contra Ledo. La absolución fue confirmada por instancias superiores antes de que el expediente llegara a la Corte Suprema. En su última intervención ante el tribunal, Milani afirmó: “Uso mis últimas palabras para expresar mi firme convicción de que tanto aquí como en el juicio realizado en La Rioja se usaron acusaciones falsas para hacerle daño al Ejército Argentino más que a mí”. Casación deberá revisar nuevamente la absolución y el valor de la documentación y de la prueba vinculada con el sumario militar.
