DEPORTES

Barcelona no se rinde por Julián y Atlético quedó ante un escenario inesperado: «venderlo»

 

El delantero no se entrenó durante tres días y la disputa podría llegar a los tribunales laborales españoles.

 
Julián Álvarez
Julián Álvarez

(BUENOS AIRES).- “la extinción del contrato por voluntad del deportista profesional, sin causa imputable al club, dará a éste derecho, en su caso, a una indemnización”, establece el artículo 16 del Real Decreto 1006/1985. La disposición contempla que un deportista profesional pueda extinguir su vínculo sin una causa atribuible al club, aunque esa decisión puede generar una obligación económica. Julián Álvarez tiene a disposición esa vía para romper unilateralmente su contrato con Atlético de Madrid y buscar su salida rumbo a Barcelona.

Las conversaciones entre Atlético de Madrid y Barcelona por la transferencia del delantero están estancadas. Barcelona mantiene su interés en incorporar a Julián Álvarez, mientras que Atlético de Madrid sostiene su negativa a negociar una salida en las condiciones planteadas. El bloqueo deja abierta la posibilidad de que el conflicto deje de resolverse exclusivamente en una mesa de negociación entre los clubes. La vía legal aparece dentro de este escenario, pero no representa una operación confirmada.

La norma española no establece un pago automático para este tipo de ruptura. El artículo 16 del Real Decreto 1006/1985 contempla la extinción del contrato por voluntad del deportista profesional cuando no existe una causa imputable al club y reconoce a la institución el derecho a reclamar una indemnización. Si las partes no alcanzan un acuerdo sobre esa compensación, el monto debe ser determinado por la justicia laboral española. La discusión, de ese modo, podría trasladarse del ámbito de la transferencia al judicial.

La cláusula de rescisión de Julián Álvarez con Atlético de Madrid está fijada en 500 millones de euros. Esa cifra funciona como uno de los elementos del eventual conflicto, pero una ruptura unilateral abriría la discusión sobre si debe aplicarse de manera íntegra o si corresponde establecer otra compensación. La respuesta dependería del daño real que pudiera sufrir el club, de acuerdo con los parámetros que se analicen en el proceso.

Los tribunales laborales españoles pueden analizar la relación entre la suma pactada y los parámetros indemnizatorios previstos por la legislación. Para esa evaluación, la norma contempla las circunstancias deportivas, el perjuicio provocado al club y los motivos de la ruptura. Una cláusula elevada puede ser tomada como referencia, pero no necesariamente se traslada de forma automática al monto final que determine un juez. El mecanismo, por eso, no equivale a abonar sin discusión los 500 millones de euros.

Barcelona también podría quedar involucrado si Julián Álvarez rescindiera su contrato y firmara con otro club dentro del plazo de un año desde la extinción del vínculo. La nueva entidad podría asumir una responsabilidad subsidiaria por las obligaciones económicas que se fijen en el proceso. Esa posibilidad alcanza al club catalán si el delantero finalmente concreta su llegada, aunque no implica que Barcelona haya decidido avanzar por esa vía ni que la transferencia esté asegurada.

Julián Álvarez lleva tres días consecutivos sin entrenarse con Atlético de Madrid, una situación registrada el 28 de agosto en medio de la disputa por su futuro. La posibilidad de una ruptura unilateral ya había sido planteada en junio, antes de que la alternativa legal volviera a aparecer en el escenario de la transferencia a Barcelona. No hay confirmación de que el delantero haya decidido activar el mecanismo ni de que Barcelona esté dispuesto a sostener una disputa judicial de ese alcance. Si el conflicto avanza, la definición dependerá de los tribunales laborales españoles y no de una negociación directa entre los clubes.